En ____________, Estado de
____________, siendo las ____________ horas del día ________________________,
día y hora señalados para la celebración de la audiencia de ley ene le juicio
agrario número _____________, de conformidad con lo establecido en el artículo
____________ de la Ley Agraria, la misma es presidida por el Magistrado del
Tribunal unitarios Agrario, con la presencia de la Secretaria de Acuerdos que
autoriza y da fe, quien además hace constar que en este acto comparecen ambas
partes, asistidas por sus representantes legales.
La audiencia fue declarada
legalmente abierta y, en los términos de los artículos _____________ de la Ley
Agraria, el tribunal exhorta a las partes para que lleguen a un arreglo
conciliador que de fin al presente conflicto. Las partes manifiestan que no es
posible arreglar los intereses en controversia, por lo que solicitan se
continúe la audiencia.
El Tribunal acuerda: visto lo
manifestado por las partes, se les tiene por inconformes con todo arreglo
conciliatorio por lo que se ordena continuar con la tramitación de la presente
audiencia. Se concede el uso de la palabra al representante legal de la parte
actora, quien expresa:
“____________________________________________________________”.
En uso de la palabra la parte
demandado expresó lo siguiente:
“____________________________________________________________”.
El Tribunal acuerda: se tiene por
legalmente celebrada la etapa de demanda, contestación y excepciones, la que se
declara concluida, para los efectos legales conducentes, teniéndose ala parte
actora ratificando sus escritos iniciales de demanda y ampliación, que obran en
el expediente en que se actúa, y a la demandada contestando la demanda,
modificación y ampliación de ésta en los términos del escrito que se agrega a
los autos y que consta de ____________ fojas útiles.
Vista la excepción de cosa juzgada
opuesta, con fundamento en los artículos _____________ del código de
Procedimientos Civiles y _______________ de la Ley Agraria, el cual señala que
las cuestiones incidentales que se susciten ante los Tribunales Agrarios se
resolverán conjuntamente con lo principal, amenos que por su naturaleza sea
forzoso decidirlas antes, se concede a la acota un término de _____________
días naturales, afecto de que expreso lo que a su internes convenga con
respecto ala excepción de cosa juzgada y transcurrido dicho término, que
comenzará a surtir sus efectos a partir del día ____________________________,
este Tribunal procederá a resolver lo que conforme a derechos proceda.
Así
lo proveyó y firma el C. Magistrado del Tribunal Unitario Agrario, quien actúa
con el C. Secretario de Acuerdos quien autoriza y da fe.
____________,
____________ a ____________ de ____________.
_____________________________
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